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El Archivo Regional expone un documento sobre los orígenes de la Casa de Campo

El ‘Documento del mes’  de diciembre en el Archivo Regional nos lleva a conocer los orígenes de la zona de esparcimiento por antonomasia de los madrileños, la popular Casa de Campo. Se trata de una carta de privilegio otorgada por el rey Felipe II a favor de Fadrique de Vargas Manrique, primer marqués de San Vicente del Barco, como pago por la compra de los terrenos, que pasarían a uso público con el advenimiento de la II República. 

El documento, que se expone hasta finales de enero y que puede también consultarse en el Portal de Archivos, está fechado en 1592 y es un manuscrito de doce páginas que establece la cantidad de 6.429 maravedís y medio de juro al quitar situados en las alcabalas del partido de Sigüenza como pago por los terrenos. Es decir, ante la precariedad en la que estaban sumidas las arcas públicas, el pago se realizó mediante el otorgamiento de un título de deuda (denominado juro), el cual suponía la percepción de una pensión fija consignada, en este caso, a través de la recaudación de un impuesto indirecto muy común en la época, la alcabala.

Orígenes de la Casa de Campo
Uno de los efectos inmediatos que derivan de la capitalidad de Madrid, fijada por Felipe II en 1561, es la configuración de la Casa de Campo, conocida en aquel momento como Casa del Campo de los Vargas. Previamente, el monarca había decidido formar un bosque en las márgenes del río Manzanares. En este sentido, son conocidas las compras de tierras realizadas por el rey, principalmente a partir de 1556, para formar el Real Bosque de la Casa de Campo

Al tiempo que Felipe II se cuida de hacer realidad el bosque y su repoblación con fines fundamentalmente cinegéticos, le obsesiona la adquisición de la mencionada Casa del Campo de los Vargas. Por una Real Cédula de 17 de enero de 1562, sabemos que finalmente se compró la Casa de Campo a los herederos de don Fadrique de Vargas.

Ya en septiembre de 1561, fecha en la que se establece la capitalidad de Madrid, se trae plomo de Toledo para la Casa de Campo de Madrid, que ya no se llama de los Vargas, dando a entender que la compra definitiva se hizo en 1560 o en los primeros meses de 1561, incorporada ya definitivamente al Bosque y configurando así el que sería Real Sitio de la Casa del Campo de Madrid.

Juros y alcabalas
Alfonso XI, en 1340, se propone la conquista de Algeciras. Como la campaña requería importantes sumas de dinero, consiguió que las Cortes crearan un nuevo impuesto general, conocido como “la alcabala”. La alcabala era un impuesto indirecto sobre el valor de todas las ventas e intercambios de bienes muebles e inmuebles, algo así como el IVA actual.

La expresión romance «por juro de heredad», o «yuro de heredat» etimológicamente considerada, significaba “por derecho de herencia”, es decir, cierto derecho sobre cualquier cosa, con facultad de transmitirlo hereditariamente. Esta expresión tiene una doble significación, ya que en un sentido amplio se empleó al constituir otros negocios jurídicos distintos al juro como cesiones, donaciones y ventas, que con derecho hereditario se hicieron de villas, aldeas, lugares, castillos, tierras, etc., por los reyes y nobles.

En sentido restringido, también se llamó por antonomasia juro de heredad, a una de las clases de juro más habituales durante la Monarquía de los Austrias. Esto es, el derecho que, a título oneroso o gratuito, una persona individual o colectiva podía tener, a una pensión fija consignada al efecto en las rentas del Patrimonio Real, o a parte alícuota de dicha renta.

 

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