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Acuerdo entre Asociaciones de Vecinos Ópera Austrias y Asociaciones de Vecinos y Comerciantes de Ramales a Mayor

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A instancias de la Concejalía del distrito Centro de Madrid, se ha mantenido una reunión entre la Asociación de Vecinos de Ópera-Austrias (AVAUSTRIAS) y la Asociación de Vecinos y Comerciantes de Ramales a Mayor en un intento por mejorar la convivencia entre vecinos y locales con terraza. Como resultado de la misma, ambas asociaciones firman un acuerdo por el que se comprometen a lo siguiente:
 
1. Los hosteleros de locales con terraza firmantes reducirán en una hora los horarios de cierre de dichas terrazas, pasando a ser los que se indican a continuación:
    – Laborables (domingo a jueves ambos incluidos) cierre a las 12:00
    – Fines de semana (viernes, sábados y festivos) cierre a las 01:30
 
2. Aunque este acuerdo afecta exclusivamente a los locales firmantes del mismo, ambas asociaciones instan al Ayuntamiento de Madrid a tratar de extenderlo a otras zonas colindantes para evitar agravios comparativos sobre el horario de cierre.
 
3. Los locales firmantes que hayan visto reducido su número de mesas en las últimas fechas por indicaciones del Ayuntamiento podrán recuperarlas no superando nunca el número máximo de mesas que tienen concedido por licencia y siempre y cuando cumplan los horarios establecidos y las mesas de las terrazas no interfieran el acceso a las comunidades de vecinos colindantes ni a los negocios de la zona o a los pasos de peatones.
 
Los locales se comprometen a colocar de manera visible la información sobre el número de mesas autorizado en su licencia.
 
4. Los locales firmantes se comprometen a instar a los clientes a que tengan respecto por el descanso vecinal y llamar la atención de aquellos que no lo cumplan. Se recomienda colocar carteles pidiendo a los clientes que respeten el derecho al descanso de los vecinos.
 
5. Los locales se comprometen a colocar en lugares visibles el distintivo de identificación oficial y obligatorio según la LEPAR donde se indica el nº de licencia del local, aforo máximo y horario de apertura y cierre del local que ha de facilitarles el organismo competente.
 
6. Ambas asociaciones se comprometen a respetar dicho acuerdo, sin que ello suponga que no puedan ejercer otras acciones en defensa de sus propios intereses respecto a la apertura de nuevos locales en la zona, de locales que no firmen este acuerdo, o el cierre de locales que no tengan las licencias necesarias para ejercer su actividad.
 
7. Este acuerdo tiene carácter temporal, de forma que ambas partes se comprometen a hacer un seguimiento del mismo y valorar su idoneidad de forma conjunta y bajo la supervisión del Ayuntamiento de Madrid cuando éste establezca oportuno.

 

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