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En libertad los presuntos sicarios de un abogado de Chamartín tras anularse el juicio

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ordenado a la Audiencia Provincial de Madrid que se repita el juicio contra ocho acusados de acabar supuestamente con la vida del abogado Alfonso Díaz Moñux, quien murió a tiros el 18 de diciembre de 2008, y ha instado a que se dicte la puesta en libertad de los procesados al vencerse el plazo máximo de ingreso en prisión preventiva.

La Sala acuerda a través de una sentencia anular otra en la que se condenó a los acusados, integrantes presuntamente de una banda de sicarios, a penas de hasta 24 años y medio de prisión. La vista oral deberá llevarse a cabo con un nuevo Jurado Popular y un nuevo magistrado-presidente. La Audiencia concluyó que los procesados "fueron contratados para cometer el asesinato", que se llevó a cabo cuando el letrado se encontraba en el interior de su coche, dentro de un garaje ubicado en el distrito de Chamartín.

Asimismo, la Sala Civil y Penal del TSJ de Madrid ha acordado la inmediata puesta en libertad de los condenados, que tendrán la obligación de comparecer los días 1 y 15 de cada mes, y cuantas veces sean llamados, ante la Sección 16 hasta la celebración del nuevo juicio, ya que ha expirado el plazo máximo de prisión provisional por este caso.

Los magistrados, en respuesta a la apelación de la sentencia a instancia de siete de los condenados, han apreciado "numerosas irregularidades" en la redacción del objeto del veredicto y, en íntima conexión, una clara ausencia de motivación también en el veredicto. Esto, según el TSJM, les lleva a considerar "innecesario analizar el resto de las causas de nulidad presentadas por las defensas y por las acusaciones particulares y el Ministerio Público, que también había solicitado la repetición del juicio con Jurado Popular a la vista del quebrantamiento de las normas y garantías procesales en relación al objeto del veredicto".

 
Nulidad de la sentencia

La Sala achaca de forma directa al magistrado-presidente que celebró el juicio con jurado los errores que han desembocado en la nulidad de la sentencia y la repetición del juicio. De este modo, ha remitido al Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial testimonio de la sentencia, del veredicto y del objeto del veredicto, entre otros documentos que forman parte del expediente, por si su actuación integrara una posible infracción disciplinaria.

El abogado, que solía trabajar en casos relacionados con el tráfico de drogas, representó a uno de los acusados -un policía de San Martín del Rey- en la conocida ‘Operación Pipol’, en la que por primera vez se acusó a Emilio Suárez Trashorras y Antonio Toro (ambos imputados por la masacre del 11-M) de tenencia y tráfico de dinamita y detonadores. En este proceso, que comenzó en 2001, la Policía encontró 84 kilos de hachís, 3 de cocaína y casi 5 millones de las antiguas pesetas, además de descubrir 16 cartuchos de dinamita y 96 detonadores eléctricos.

En su informe final, el fiscal elevó a 25 años de cárcel la solicitud de condena para siete de los ocho, mientras que a uno de ellos le rebajó los 15 años que solicitaba por tres años y nueve meses por colaboración. La vista oral concluyó sin que se supiera quién ordenó la muerte, algo que se investiga aún en el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, y sin que se conozca la recompensa exacta que obtuvieron los que participaron.

 

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