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El Constitucional anula el euro por receta en la Comunidad de Madrid

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucional el euro por receta que entró en vigor en enero de 2013 en la Comunidad de Madrid, al igual que hizo con la misma medida que fue implantada por la Generalitat de Cataluña.
 
Así consta en una sentencia en la que el Pleno del Alto Tribunal ha estimado así el recurso presentado por el Grupo Parlamentario Socialista contra el artículo 2.9 de la Ley de la Asamblea de Madrid 8/2012, de 28 de diciembre, que establece el llamado "euro por receta".
 
La tasa solo se aplicó durante 29 días en la Comunidad después de que el Constitucional decretara su suspensión cautelar. En junio de 2013, este mismo Pleno acordó mantener esa suspensión tras admitir a trámite otro recurso del Gobierno de Mariano Rajoy. El presidente madrileño, Ignacio González, reconoció entonces que no lo iba a restablecer hasta que el TC se pronunciara sobre "el fondo de la medida".
 
Al igual que hicieron con la tasa catalana, los magistrados del Alto Tribunal concluyen que el artículo que establece el pago del "euro por receta" debe declararse inconstitucional y nulo por cuanto invade la competencia estatal del artículo 149.1.16 de la Constitución Española.
 
La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asua, reitera los argumentos con los que, el pasado 6de mayo, el Pleno declaró la inconstitucionalidad de la tasa farmacéutica en Cataluña. Entonces, afirmó que la financiación sanitaria es una "competencia básica del Estado".

 

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