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Disponibles mañana las nuevas deducciones por discapacidad y familia numerosa

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(EFE). Así lo publica hoy el Boletín Oficial de Estado que publica una orden del Ministerio de Hacienda en la que se regula el procedimiento para solicitar el abono de estas deducciones anticipadas que han sido ampliadas respecto de las situaciones de discapacidad y familias numerosas que ya estaban vigentes.

Según ha informado hoy el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en un comunicado, se incorpora la deducción por cónyuge no separado legalmente cuando éste sea una persona con discapacidad que no tenga rentas anuales superiores a 8.000 euros ni genere el derecho a las deducciones por ascendiente o descendiente con discapacidad y el importe del abono mensual será de 100 euros.

En el caso de la deducción por familia numerosa la modificación incrementa hasta en 600 euros anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial.

El CERMI ha informado de que las personas que se encuentren en estos supuestos ampliados, podrán desde mañana solicitar ante la Agencia Tributaria el abono de estas deducciones anticipadas.

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