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Pedraz archiva por tercera vez la causa contra Guillermo Zapata

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz archivó por tercera vez la causa seguida contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo, al entender que, al reproducir un chiste sobre Irene Villa en la red social Twitter, no tuvo la intención de ofender a este colectivo y que sus comentarios están dentro de los límites de la libertad de expresión.
El magistrado advierte que, aunque la frase de Zapata pueda haber ofendido a algunos, “no existe un derecho a no ser ofendido. Al menos, en las democracias no aparece tal derecho en el catálogo de derechos fundamentales”, destaca el juez.

“Se trata de palabras que no pueden, como tales, criminalizarse”, dice el magistrado, quien precisa que esto solo sucede en “las dictaduras que criminalizan las palabras como si fueran hechos”. El juez precisa que en este tipo de regímenes “se puede procesar a la gente por lo que dice y no por lo que hace”.
Zapata difundió el 31 de enero de 2011 un tuit desde su cuenta en el que decía “Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos”. El mismo día reprodujo un chiste sobre el Holocausto: “¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? En el cenicero”.
En un auto de seis páginas, que ilustra con un gráfico creado por Paul Baran sobre el funcionamiento de la red, Pedraz indica, además, que no consta que el mensaje del edil madrileño causara “gran alarma en la sociedad y entre los usuarios” de Twitter. El juez sigue el criterio de la Fiscalía, que había solicitado el sobreseimiento de la causa en contra del parecer de Dignidad y Justicia y Manos Limpias que pedía que se le juzgase.

Analiza de nuevo las frases publicadas por Zapata y recuerda que se publicaron cuatro años antes de ser nombrado cargo público, permaneciendo “soterradas” para luego curiosamente ser “rescatadas”, cuatro años después, tras ser nombrado concejal y ser retuiteadas ampliamente, perdurando escasos días al ser borradas por él mismo.Concluye que la repercusión tan amplia del tuit no fue, por tanto, obra de su autor, y tampoco se le puede atribuir “la alarma social”. Aunque el comentario pudo ser ofensivo para algunos “no se puede retorcer el Código Penal” para hacer justicia “a pesar de la Ley”, agrega.

En cumplimiento de lo acordado por la Sala de lo Penal, que le obligó a convertir las actuaciones en procedimiento abreviado, el juez recuerda que es él, en esta fase, el competente para decidir si abre juicio oral o no contra el investigado. Según Pedraz, no puede “automáticamente abrir el juicio oral”.
El juez agrega que aunque la Sala haya adelantado su criterio, es ahora cuando el juez instructor debe pronunciarse, una vez que ha oído al investigado y que las acusaciones han presentado sus correspondientes acusaciones.

 

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