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9.000 edificios pasarán la ITE este año

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A lo largo de este año más de 9.000 inmuebles, concretamente 9.392, deberán realizar la Inspección Técnica de Edificios, una actuación de carácter preventivo cuyo objetivo es acreditar su estado, detectar posibles deficiencias y, en su caso, acometer las reparaciones necesarias para garantizar su adecuada conservación. El Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda ha enviado una comunicación a todos los inmuebles afectados informando de los plazos y requisitos para el cumplimiento de esta obligación por parte de las comunidades de propietarios.

En caso de que sea necesario acometer reparaciones existe una línea de ayudas, exclusivamente municipales, para la realización de obras que desde 2003 ha concedido subvenciones por importe de 26´5 millones de euros.
Este año, la Inspección, tal y como dicta la normativa que obliga a realizar esta revisión periódica cada diez años, afecta a 1.787 edificios construidos en el año 1980, así como a otros 7.605 inmuebles (de una antigüedad de más 30 años) que estuvieron obligados a realizar la primera revisión en el año 2001, y que están incluidos en los ámbitos calificados como Centro Histórico y Cascos Históricos Periféricos.
La Inspección Técnica de Edificios se puso en marcha en el año 2000, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, correspondiendo su control y gestión al Área de Urbanismo y Vivienda, y la concesión de subvenciones, a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, adscrita a esta misma Área.
Junto a las notificaciones oficiales, el Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda pone a disposición de los ciudadanos diversos canales de información. Por un lado, se ha actualizado la herramienta de consulta de la página web municipal www.madrid.es/urbanismo, donde ya se pueden comprobar, sólo con introducir los datos del inmueble, cuándo le corresponde realizar la inspección, todos los trámites y gestiones necesarios, así como la posibilidad de conocer la situación de un expediente concreto.
También, pueden dirigirse al Servicio de Información de ITE (C/ Guatemala, 13) donde se atienden las consultas presenciales y  las llamadas telefónicas. Sólo en el último año, este servicio ha respondido a más de 10.000 llamadas relativas a la ITE. Pueden acceder a este servicio a través del teléfono 91-5880863 en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. Los correos electrónicos de los ciudadanos a [email protected] son respondidos por el propio Departamento de ITE.
El volumen de información facilitada a través de los distintos canales ha tenido un efecto directo en la concienciación de los ciudadanos respecto al deber de conservación y rehabilitación del patrimonio edificado, un hecho que se ha visto reflejado en los buenos resultados conseguidos en los últimos años, en los cuales se han alcanzando porcentajes de presentación de inspecciones por encima del 90%, los mejores desde que se puso en funcionamiento el sistema.
Procedimiento y ayudas municipales
El procedimiento para realizar la Inspección Técnica de Edificios se inicia con la exposición al público del listado de obligados, en el mes anterior al inicio del período correspondiente. Posteriormente se envía una comunicación municipal, en la que se informa a los propietarios de la obligación de realizar la ITE en el plazo establecido mediante la contratación de un técnico competente, que cumplimentará los impresos oficiales establecidos al efecto, que serán presentados en cualquier Registro habilitado.
Si el Acta de ITE resulta ser desfavorable, se dará traslado de las actuaciones al Departamento de Gestión del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente del Área de Urbanismo en el caso de que se hayan detectado daños estructurales, y, si no, a las oficinas del Distrito Municipal correspondiente. Estos departamentos municipales se encargan de comprobar que se realicen las obras necesarias para la subsanación de las deficiencias detectadas en las Actas de ITE. Si no se ejecutan las obras, se dicta orden de ejecución, y de no cumplirse, el Ayuntamiento puede actuar mediante ejecución subsidiaria, a costa del interesado, pudiendo también imponerse sanciones en su caso.
Cuando la inspección ha sido desfavorable y con la intención de facilitar el cumplimiento del deber de conservación de las edificaciones, el Ayuntamiento, a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo, concede ayudas exclusivamente municipales, que dependen del grado de protección del edificio y de la situación económica de los vecinos, oscilando según ambas circunstancias entre los 3.600 euros y los 7.215 euros por vivienda.

 

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