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El urbanismo en Madrid se hace más transparente a la ciudadanía

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El Ayuntamiento de Madrid, a través de su página web, comienza desde mañana martes 9 de agosto a hacer públicos todos los expedientes de Planeamiento Urbanístico de la ciudad vigente a fecha de hoy. El área de Desarrollo Urbano Sostenible pone en marcha esta novedosa iniciativa en virtud de dar cumplimiento a la reciente Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

La consulta de estos expedientes que contienen, entre otras informaciones, modificaciones del Plan General, proyectos de sectorización, planes parciales y especiales y estudios de detalle que afectan a la ordenación de los terrenos, solares o edificios protegidos, puede resultar muy útil para los profesionales del sector e interesados, dado que cada uno de ellos contiene datos y documentación técnica necesaria a tener en cuenta a la hora de participar e intervenir en cualquier parte de la ciudad.

Un total de 1.674 expedientes podrán ser consultados por los ciudadanos, desde el martes 9 de agosto, a través del visualizador urbanístico, relación que irá incrementándose a medida que se produzcan nuevas aprobaciones.

Participación Ciudadana
De esta forma, además de acceder a los expedientes que sean de su interés, los ciudadanos podrán participar mediante alegaciones y propuestas en los periodos de información pública, sin necesidad de desplazarse físicamente hasta la sede del área de Desarrollo Urbano Sostenible y Juntas Municipales para realizar las consultas de los expedientes.

En el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 27 de julio de 2016 se aprobó la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid. Con ella se adquirió el compromiso de publicar en el portal web municipal, entre otros, “los instrumentos de Planeamiento Urbanístico aprobados definitivamente, sin perjuicio del derecho de acceso a la información pública consistente en los instrumentos de planeamiento ya aprobados a la fecha de entrada en vigor de la ordenanza”.

Paulatinamente se irá publicando el resto de la información prevista en el artículo 14 de la Ordenanza tal como la documentación correspondiente a los procesos de ejecución del planeamiento (delimitación de unidades de ejecución, bases y estatutos de las juntas de compensación, proyectos de reparcelación o proyectos de expropiación), los convenios urbanísticos, las licencias (relación de licencias otorgadas, comunicaciones en el contexto de las declaraciones responsables y comunicaciones previas) o referente a la disciplina urbanística (relación de sanciones firmes en vía administrativa o las medidas de restablecimiento de la legalidad)./

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