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Condenan al SERMAS a pagar 45.000€ a un paciente por un retraso de 31 horas en su diagnóstico

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La Sección Décima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado sentencia, tramitada por los Servicios de la Asociación el Defensor del Paciente, en virtud de la cual se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo y se condena al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) y a su aseguradora al pago de una indemnización de 45.000 euros por diagnosticar a un hombre un síndrome confusional agudo de forma errónea, pues lo que verdaderamente estaba sufriendo era un ictus cerebral.

Se trata de un paciente, de 78 años de edad en el momento de los hechos, anticoagulado con Sintrom, que ingresó en el Hospital Clínico San Carlos (Madrid), en fecha 6 de noviembre de 2013, al presentar 24 horas antes un cuadro confusional, disminución de fuerza en extremidades izquierdas, 38ºC de fiebre, malestar general y vómitos.

A pesar de la sintomatología de enfermedad cerebral grave, según el Defensor del Paciente, se mantuvo al individuo desde el día 6 de noviembre a las 14:50 horas hasta el día 7 de noviembre a las 18:01 horas sin realizarle ningún TAC, siendo ingresado además en el Servicio de Medicina Interna y no en el de Neurología, con los que mantuvieron una única consulta pautando medicación y vitamina K que son antídotos específicos del Sintrom.

La Sala, apoyándose únicamente en el informe elaborado por el perito judicial, fundamenta la sentencia en su opinión, considerando que existió una exploración neurológica incompleta, no se realizó TAC a su llegada y además no se revirtió la anticoagulación, rebajando la cantidad indemnizatoria ya que, según el fallo, «los daños y perjuicios ocasionados se limitan a una pérdida de oportunidad, moviéndonos en un ámbito de incertidumbre absoluta».

“Desde la Asociación queremos manifestar nuestro malestar en la aplicación, por enésima vez, de la teoría de la pérdida de oportunidad cuando ha quedado demostrado que existió una demora de 31 horas, es decir, un retraso claro y evidente en el diagnóstico y por tanto en el tratamiento, desde la llegada del paciente al servicio de urgencias del Hospital Clínico San Carlos”.

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