El Ayuntamiento de Madrid ha enviado a Protección de Datos el expediente de Echenique tras poner una cámara ilegal en su casa de Fuencarral.
El Ayuntamiento de Madrid ha enviado a la Agencia Española de Protección de Datos el expediente que se ha puesto al portavoz de Podemos en el Congreso, Pablo Echenique. El motivo es debido a que instaló una cámara de seguridad ilegal en su domicilio del barrio madrileño de Fuencarral. El expediente también se ha entregado a la Delegación del Gobierno en Madrid.
Echenique necesitaba la autorización expresa del Consistorio madrileño, la Delegación del Gobierno y la AEPD. Al no haber pedido la licencia a la primera administración, Pablo Echenique no cuenta con el permiso obligatorio de las otras dos instituciones públicas.
La Junta del Distrito de Fuencarral-El Pardo solicita en el Punto 3º de la apertura del expediente a Echenique nº 108/2020/02193: «Comunicar la presente resolución a la Agencia Española de Protección de Datos por si concurre una contravención del artículo 22.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales».
Fuentes jurídicas han explicado que un funcionario de la AEPD tendría que trasladarse en los próximos días hasta el domicilio de Echenique. Una vez allí tendrá que comprobar qué tipo de sistema de videovigilancia tiene instalado.
No es la primera vez que esto le ocurre a Pablo Echenique. Cuando residía en el barrio de Salamanca de Madrid, el Ayuntamiento dirigido por Manuela Carmena también le abrió un expediente por no solicitar la licencia correspondiente.
El problema es que la cámara de seguridad que Pablo Echenique tiene instalada enfoca directamente hacia la vía pública. Es decir, Echenique puede observar a todos los viandantes que pasen por la calle en que reside. El funcionario de la AEPD también deberá comprobar el uso que hace de las imágenes. La posible multa por este delito podría acarrear sanciones de hasta 600.000 euros.
El sistema de videovigilancia de Echenique también capta la puerta de dos viviendas de sus vecinos. De nuevo, un hecho que contraviene la Ley de Protección de Datos; que prohíbe tajantemente «la captación de imágenes de terrenos y viviendas colindantes».
Según la Ley de Protección de Datos está totalmente prohibido grabar imágenes de personas en la calle. Exclusivamente pueden realizarlo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de Estado; al igual que la Dirección General de Tráfico.