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El calendario escolar 2019/2020 conduce al «obedézcase, pero no se cumpla», según CCOO

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Según el sindicato, por tercer curso, se ha aplicado la medida de adelantar la evaluación final ordinaria de septiembre al mes de junio en todas las enseñanzas de secundaria de la Comunidad de Madrid, imponiendo así que el alumnado, tanto el que ha aprobado en la evaluación ordinaria como el que no, siga asistiendo al centro durante las dos semanas que median entre ambas evaluaciones.

CCOO afirma que, de entrada, tal pretensión es totalmente irrealizable, como se ha vuelto a constatar este curso: no existe modo de obligar al alumnado que ha aprobado todas las materias a asistir al centro, y decir lo contrario es mentir. Los centros, el profesorado, han hecho lo que han podido –sostiene este sindicato-, han elaborado planes y proyectos (en los centros públicos, con los exiguos medios y recursos con los que cuentan), pero una cosa es decretar y otra estar al pie de la realidad de la sociedad.

“Ciertamente, el papel lo aguanta todo, pero en situaciones como esta, la sociedad responde con la figura jurídica propia y endémica de la administración española del S. XIV y posteriores de ‘obedézcase, pero no se cumpla’, cuando un norma dictada era manifiestamente escandalosa y lesiva para el pueblo”, critica la organización.

Pero esta no es la única objeción al calendario escolar. CCOO recuerda que, continuando con costumbres de tiempos pretéritos, la educación continúa atada al calendario litúrgico católico, “que genera una división de los tiempos totalmente irracional, cosa lógica cuando los parámetros no se basan en criterios educativos, sino religiosos”. 

CCOO argumenta esta arbitrariedad indicando que “salta a la vista que el tiempo para impartir el currículo ha menguado dos semanas, lo que unido este año a lo tarde que ha caído la Semana Santa, ha ocasionados que el alumnado no haya dispuesto de tiempo en la tercera evaluación, con la consiguiente ansiedad en el alumnado y en el profesorado, sobre todo de 2º de Bachillerato. No se puede impartir la totalidad del currículo en estas condiciones”.

El sindicato de enseñanza señala que es necesario indicar los efectos de la supresión del tiempo estival para preparar asignaturas en las enseñanzas de régimen especial: artísticas (conservatorios), Escuelas Oficiales de Idiomas, ciclos formativos de Formación Profesional, Artes Plásticas, incluyendo los de grado superior, en las que el alumnado es mayor, autónomo y necesita ese tiempo para conciliar, en muchos casos, el estudio con otros aspectos de su vida. Esto obliga al alumnado a emigrar a los centros privados, para los que no rige este calendario.

Por último, CCOO desea aclarar a quienes justifican este calendario en aras de la conciliación familiar que esta, necesaria y urgente, no se resuelve modificando o alterando los periodos escolares, sino los laborales. Si se desea que en España exista dicha conciliación para las familias, no se hará modificando el horario de los centros educativos, como a veces parece intentarse, sino a través del cambio de las condiciones laborales y su sobrecarga horaria. “Lo escolar no debe seguir el sobrecargado calendario laboral sino su ritmo educativo propio”.

“No se pueden imponer unas normas irracionales en contra del profesorado y de sus representantes, del alumnado y de, incluso, la sociedad entera personificada en las familias”, se señala desde CCOO. De lo contrario –continúan-, “en lugar de avanzar enlazaremos en Madrid con las Cortes de Burgos y Briviesca de 1379 y 1387 en la aplicación del principio “obedézcase, pero no se cumpla».

 

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