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Aparcar en el Centro Barceló

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Las plazas de aparcamiento del “Centro Polivalente Barceló”, en el distrito Centro, tienen nuevas condiciones de organización y funcionamiento. El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado las normas que regirán la gestión de este estacionamiento público de larga duración en las plantas -2, -3 y -4 de este inmueble de titularidad municipal. Para solventar el déficit de aparcamiento en el barrio, el Ayuntamiento de Madrid incluyó en la construcción del centro Polivalente Barceló un aparcamiento con 554 plazas. El abono se oferta en régimen de alquiler de larga duración para periodos de uno, tres y cinco años. 

El Ayuntamiento de Madrid incluyó en la construcción del centro Polivalente Barceló, además del Mercado, Biblioteca, Polideportivo y Cafetería, un aparcamiento con 554 plazas, 541 para turismos y 13 para motocicletas, ubicadas en las plantas -2, -3 y -4. La figura del aparcamiento de residentes en régimen de alquiler es novedosa y nace con la pretensión de ampliar la oferta que el Ayuntamiento de Madrid ofrece a sus vecinos. El Pleno del Ayuntamiento de Madrid del pasado 27 de marzo acordó destinar las plazas del “Centro Polivalente Barceló” a la actividad de aparcamiento municipal de larga duración -ABONOS- y aprobó la gestión directa por la Empresa Municipal de Transportes de Madrid.

Condiciones 

1.-Solo tendrán acceso al aparcamiento y derecho a estacionar los siguientes vehículos: Bicicletas, motos o motocicletas, automóviles tipo turismo, derivados y mixtos adaptables, todoterrenos y furgonetas de hasta 3.500 kilogramos, siempre que sus dimensiones y peso lo permitan.

2.-Los usuarios que contraten un abono para automóvil, pueden aparcar de forma gratuita una bicicleta en las plazas habilitadas al efecto.

3.-Los abonados del aparcamiento accederán al mismo por un sistema telemático de control de accesos, mediante el reconocimiento de la matrícula del vehículo o sistema similar. Se puede usar a cualquier hora y día con la máxima seguridad.  

4.-Sólo se puede ocupar una plaza de aparcamiento. No obstante se podrá solicitar, adicionalmente, la autorización para el estacionamiento de hasta cuatro vehículos más por abono, aunque nunca podrán acceder de forma simultánea más de uno por abono, ni exceder el límite de cinco vehículos autorizados por abono.

5.-Los interesados en adquirir los abonos lo solicitarán a la Empresa Municipal de Transportes (EMT), a la  Dirección de Ayuda a la Movilidad y Aparcamientos. La petición hay que rellenarla y enviarla a través de la página web de la EMT (www.emtmadrid.es) o  entregarla en mano en la Oficina de Atención al Cliente de la EMT, en la calle Cerro de la Plata, 4. En horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Para quién

Los abonos están destinados a los siguientes colectivos: Residentes en el área de influencia, comerciantes y trabajadores del entorno, y el resto de demandantes. Las solicitudes admitidas se ordenarán y asignarán por la fecha de presentación. Durante el primer mes de comercialización de los abonos se atenderá de forma prioritaria las solicitudes de los residentes en el área de influencia. Posteriormente, los solicitantes que presentarán su petición durante dicho periodo adquirirán también un abono. Por último, se procederá a la apertura de un nuevo e ininterrumpido periodo de solicitudes en el que se asignaran los abonos restantes entre las nuevas peticiones presentadas, sin que existan límites en el número de abonos que se pueden demandar.

Conforme a lo previsto en el Acuerdo de 19 de julio de 2012, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, la aprobación o modificación de las tarifas de los servicios municipales prestados bajo la forma de gestión directa por sociedades mercantiles de capital íntegramente municipal, se realizará por el titular del área de Gobierno a la que estén adscritas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.6 del Acuerdo de Junta de Gobierno de 26 de enero de 2012, previa propuesta motivada de cada empresa. En este caso la propuesta corresponderá a EMT, que será elevada por la Dirección General competente al titular del Área de Gobierno, quien aprobará las tarifas de los abonos. / 

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