El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid ha confirmado la suspensión de la moratoria de sanciones en Madrid Central, por lo que desestima las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de la capital al entender que el acuerdo municipal -aprobado por Partido Popular y Ciudadanos- “no ofrece ninguna alternativa para suplir la supresión de la zona de bajas emisiones, ni justifica tampoco que la misma haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar en el plano medioambiental».
Desde el consistorio defendían que se optó por el aplazamiento de las multas a tenor de los problemas detectados en el sistema automatizado de control de accesos y de detección de infracciones, indicando desde la administración local que se había tomado dicha medida para proceder a realizar una auditoría y subsanar las deficiencias técnicas encontradas. En este sentido, el magistrado argumenta que «la existencia de deficiencias en el sistema de multas debe ceder ante la protección a la salud y al medio ambiente».
“La protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales», se indica en el auto. Asimismo, el escrito detalla que el Ayuntamiento de Madrid «cuenta con medios suficientes para depurar las anomalías que puedan producirse en un procedimiento sancionador y para ello no es imprescindible eliminar la vigencia de la zona de bajas emisiones, sin perjuicio de que tales deficiencias deben ser corregidas lo antes posible para que el sistema funcione con todas las consecuencias, incluida la sanción al infractor’.