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Madrid veta las ‘falsas terrazas’ de los locales sin cerramiento

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Estos espacios deberán permanecer cerrados durante el funcionamiento de la actividad y contar por tanto con sistemas de ventilación y no podrá haber locales abiertos que han eliminado parte de su fachada o carpintería. «La actividad del local y las mesas, sillas o mobiliario asimilable» deberán estar por tanto en un interior cerrado, por lo que desaparecerá del paisaje del centro esta especie de híbrido de terrazas integradas en los locales. 

Además, según ha indicado el Ayuntamiento de Madrid en un comunicado, las terrazas podrán abrir una hora antes de lo previsto inicialmente, a las 9.00, y se mantienen las tres zonas de limitación en función de la saturación. El adelanto en el horario de apertura de las terrazas es una de las alegaciones aceptadas de las 156 recibidas por el Ayuntamiento de Madrid, 144 de asociaciones vecinales y 12 de colectivos de hostelería y ocio. 

Además, los vecinos podrán instar a que el Ayuntamiento declare la caducidad de las licencias se establece la retirada de reproductores, amplificadores o elementos de percusión que se usen en la calle y contravengan la normativa y en el plan de zonas se mencionarán todos los focos de ruido y no solo los de actividades recreativas.  Esta nueva normativa, que debe ser ratificada en comisión y en el Pleno municipal, renueva la aprobada en 2012 y deberá revisarse cuando transcurran cinco años desde su puesta en marca. 

 

TRES ZONAS DE LIMITACIÓN

Establece tres zonas de limitación en función de qué niveles haya de contaminación acústica, diferenciando entre zonas de contaminación alta, moderada y baja. En las zonas con más ruido, igual o mayor a 10 decibelios por la noche, no se pueden abrir nuevos locales de espectáculos públicos ni actividades recreativas, es decir no habrá nuevas discotecas, salas de fiestas o bares de copas, mientras que los usos ya existentes solo pueden cambiar a otro que genere menos molestia. En estas zonas el horario de las terrazas es de 9.00 a 1.00 viernes, sábado y vísperas de festivo y hasta las 00.00 entre diario y los domingos durante la temporada -de mediados de marzo a mediados de octubre- y hasta las 23.00 el resto del año.

En las áreas con contaminación acústica moderada -entre 5 y 10 decibelios- tampoco se pueden abrir nuevas salas de fiesta o bares de copas, pero sí bares y restaurantes con un determinado régimen de distancias y los cambios de actividad solo pueden ir en favor del descanso vecinal. 

Respecto al horario de las terrazas, se extiende hasta la 1.30 los viernes sábados y vísperas de festivo en temporada alta.  En las zonas menos conflictivas, con contaminación acústica baja -menos de 5 decibelios- se pueden abrir nuevos locales de ocio nocturno, aunque si están apartados de otros locales y otras zonas con más ruido y el horario de las terrazas se extiende también hasta la 1.30 en viernes, sábado y vísperas de festivo. 

Además, la ZPAE incluye un régimen especial de carga y descarga, más controles para evitar que los conductores aparquen en doble fila, la necesidad de autorización para espectáculos musicales en el exterior o limitaciones a la venta y consumo de bebidas alcohólicas. 

Para renovar estas zonas el Ayuntamiento de Madrid aprobó el pasado 1 de diciembre el nuevo mapa de ruido de la capital, que revisaba el anterior, de 2009, y fija los límites en cada área acústica en función de su uso. Las ZPAE comenzaron en Argüelles, con Aurrerá en 2010 y ahora además de Centro hay ZPAE en la zona de Azca-Avenida de Brasil y en Gaztambide.

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