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Diez años de cárcel por matar a su compañero en la cocina de un restaurante chino

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a diez años de prisión a Lunyou L. por matar con un cuchillo a un compañero en la cocina de un restaurante chino tras una discusión por la forma de preparar unas berenjenas. La Audiencia ha fijado esta pena en una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, después de que un jurado declarase al procesado culpable de causar la muerte a su compatriota chino Kezeng Zhou, a cuyo hijo tendrá que indemnizar con 57.517,60 eurosLos hechos ocurrieron sobre las 14.30 horas del 10 de julio de 2015 en un restaurante de la calle Hortensia de Madrid. Allí, según consideró probado el jurado por unanimidad, Lunyou L. apuñaló varias veces a su compañero en distintas partes del cuerpo con un cuchillo de cocina y con ánimo de matarle.

El procesado huyó del restaurante y permaneció huido hasta el 23 de agosto en el aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid Barajas cuando pretendía salir de España con destino a ChinaDurante el juicio, Lunyou L. explicó que los hechos ocurrieron a raíz de un desencuentro a la hora de cocinar unas berenjenas, pues su compañero en la cocina quería añadir la piel de esta verdura al plato. El acusado argumentó que actuó en «defensa propia», guiado por el miedo y que se trató de un «acto reflejo», después de que la víctima le agarrara por la espalda y le empujara. «No lo vi, ni sabía sus intenciones», manifestó el acusado, quien añadió que la disputa tuvo lugar en la cocina, por lo que agarró «lo primero que tenía a mano»: un cuchillo de cocina de 24 centímetrosPero las declaraciones de los testigos -que le escucharon decir a la víctima «como sigas así, te voy a apuñalar»- y su huida, junto con el resto de las pruebas, han llevado al tribunal a no creer esa versión. A la hora de fijar la condena, ante la ausencia de atenuantes o agravantes, la sección 23 de la Audiencia tiene en cuenta las circunstancias personales del reo y su ausencia de antecedentes penales para establecerla en diez años, es decir, la mínima contemplada en el Código Penal.

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