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Arranca la temporada de peligros de incendios forestales en la Comunidad de Madrid

Hoy comienza en la Comunidad de Madrid el periodo de peligro medio de incendios forestales, como está definido en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (Infoma).

Así lo indicó la Dirección General de Protección Ciudadana, dependiente de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía, que recuerda que existe una normativa que regula el uso de maquinaria y equipos en terrenos agrícolas situados a menos de 200 metros de las zonas forestales.

Por ejemplo, destacó la necesidad de adoptar medidas como que todas las máquinas estén provistas de equipos preventivos que eviten la deflagración, la producción de chispas y descargas eléctricas o que el repostaje de combustible se realice en una zona donde no exista riesgo de deflagración.

Además, si las circunstancias meteorológicas o el estado de la vegetación entrañaran riesgo de incendio forestal, el responsable de los trabajos debe proceder a su paralización inmediata.

Cosecha

La legislación establece, entre otras cosas, que en el caso del uso de cosechadoras de cereal el responsable de los trabajos deberá contar con dos extintores de polvo tipo A, B o C de seis kilogramos cada uno, como mínimo. En todo momento deberá estar presente un observador que contará con un teléfono operativo para avisar al Centro de Emergencias Madrid 112 en caso de necesidad. También debe disponer de una mochila de extinción de agua, pala y batefuegos listas para ser usadas de inmediato.

En las tareas de siega en las que se usen medios distintos a la cosechadora con aperos movidos por tractores, la persona que realiza los trabajos debe contar con un extintor de polvo de un mínimo de seis kilos de peso y dos batefuegos. Cuando los trabajos se hagan con maquinaria manual, el profesional del campo debe tener un extintor de mochila con agua, un batefuegos y una pala.

Asimismo, los días en los que la velocidad del viento sea superior a 20 kilómetros por hora, haya una sequedad extrema y la superficie de la parcela tenga 20 hectáreas o más, se deberá contar con un tractor con apero de gradas o similar junto a la cosechadora, con el objetivo de realice una pasada arando una franja de 10 metros de ancho en la zona limítrofe con el terreno forestal tras ser esta cosechada.

Responsabilidades

Los accidentes que se produzcan como consecuencia del uso deficiente de la maquinaria será responsabilidad de quien realice los trabajos. El incumplimiento de cualquiera de las exigencias o la existencia de unas condiciones meteorológicas de extremo riesgo de incendios forestales podrá suspender la autorización y la utilización de la maquinaria.

La Comunidad de Madrid apela, por encima de cualquier normativa, a la colaboración de los propios agricultores para evitar incendios forestales que pudieran originarse durante la realización de las tareas agrícolas.

Diferentes servicios de la Dirección General de Protección Ciudadana han mantenido reuniones con asociaciones agrarias y otros representantes de agricultores para adecuar la seguridad necesaria con las peticiones realizadas por los profesionales del sector.

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