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Las asociaciones sugieren el ejemplo de Murcia en la regulación de los locales de apuestas

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Junto a Extremadura y Asturias, Madrid es la única comunidad autónoma que a día de hoy no incluye en su normativa límites a la expansión de los locales de apuestas y de juego, a pesar de las dimensiones del fenómeno. A tenor del nuevo proyecto de decreto del Ejecutivo regional, “las cosas no tienen visos de cambiar demasiado”, según advierte la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM).

Los locales de apuestas han crecido en torno a un 304% en la región desde 2013, un incremento que se concentra de manera muy especial en zonas y distritos humildes, de rentas bajas, donde han llegado a incrementarse hasta un 500% -es el caso de San Blas-Canillejas-. Esta proliferación corre pareja al aumento de una peligrosa enfermedad, la ludopatía, como alertan las asociaciones de afectados y certifican datos como el número de personas inscritas en Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, que incluye a los ludópatas que se han dado de alta de manera voluntaria para que se les prohíba su ingreso en ese tipo de locales.

Si en 2013 había apuntadas en esta base de datos 4.227 personas, a finales de 2017 esa cifra se había incrementado hasta las 17.735 inscritas. Según la FRAVM, esta realidad exige de una respuesta urgente por parte de las administraciones, que deberían actuar bajo el paraguas de una Ley Integral del Juego. La creación de esta norma, que habría de regular las nuevas modalidades de juego tras un diagnóstico en el que participen los colectivos de damnificados y otras entidades sociales, es una de las propuestas que la federación ha incluido como alegación al citado proyecto de decreto de la Comunidad de Madrid.

A finales de la diciembre, la entidad vecinal registró una batería de alegaciones al Proyecto de Decreto redactado por el Área de Ordenación y Control del Juego de la Comunidad de Madrid que servirá para modificar dos leyes que hoy regulan, de manera muy superficial, el sector: el Decreto 73/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego y el Decreto 106/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad de Madrid.

En su escrito, la FRAVM plantea al Gobierno regional seguir el ejemplo de comunidades autónomas como Murcia (del mismo color político), que hace unos meses modificó su Reglamento de Apuestas “estableciendo una distancia mínima de 500 metros de los locales de juego y apuestas respecto a los colegios e institutos, así como de cualquier otro lugar frecuentado por menores de edad: zonas recreativas, deportivas o lugares de esparcimiento”. Del mismo modo, Murcia ha impuesto una distancia mínima de 1.000 metros entre un negocio y otro, una restricción que podría aplicarse perfectamente a Madrid.

Más allá de su ubicación, la federación sugiere un “plan especial de control” para asegurar el cumplimiento de la normativa hoy vigente, en aspectos como la prohibición del ingreso a los locales de apuestas y juego de menores y personas inscritas en el registro de prohibidos. Para que tanto esto como las nuevas iniciativas de la ley se puedan cumplir será necesario dotar al Servicio de Control de Juegos de Azar de un “número de dispositivos (inspectores, subinspectores y policías) proporcional a los indicadores de crecimiento de este tipo de locales”.

Por ende, la FRAVM reitera su idea de establecer “zonas de especial protección de la población vulnerable”, atendiendo a indicadores socioecómicos como la tasa de desempleo o el nivel de ingresos y, “muy especialmente, a indicadores referidos a la protección de los menores de mayor riesgo de vulnerabilidad social, tales como la tasa de absentismo, el fracaso escolar o el nivel medio de estudios”.

“En este marco, la Administración debería elaborar, de manera periódica y sistemática, informes actualizados y desglosados por tipo de actividad, persona jugadora y municipio, para poder analizar la evolución del fenómeno. Además, sería necesario crear una suerte de Consejo del Juego en la Comunidad de Madrid en el que estén representadas las distintas administraciones públicas, los operadores del juego y las asociaciones de afectados”.

Por otro lado, la FRAVM propone que la Comunidad de Madrid inste al Ministerio de Hacienda a destinar “no menos del 1% de los beneficios recaudados por este tipo de actividad a campañas para la prevención de la ludopatía” y que los jugadores estén obligados a realizar pagos bancarios si sus apuestas superan los 100 euros, con objeto de “favorecer el control y dimensionar el problema”.

Además, considera fundamental que los locales de apuestas queden fuera de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) y que, por tanto, no puedan disponer de dobles licencias, “ya que ofrecer servicios de cafetería o bar como reclamo para la actividad de juego es uno de los principales factores de vulneración del control de acceso a menores o personas inscritas en el registro de prohibidos”. En este contexto, sería recomendable un “plan que evite situaciones como la gratuidad de las consumiciones para incentivar la entrada de jugadores a los locales”.

La décima alegación tiene que ver con el cumplimiento de la normativa reguladora de la publicidad exterior, ya que las asociaciones vecinales constatan diariamente que estos negocios vulneran cuestiones como la distancia mínima respecto a ventanas de viviendas o el horario de apagado de los luminosos. Las dos alegaciones siguientes afectan a la publicidad en otros soportes, en particular en los medios públicos de difusión. Así, según la FRAVM debería prohibirse la publicidad sexista que usa la figura femenina como reclamo y todo tipo de publicidad sobre el negocio de las apuestas y el juego en horario infantil. Además, siguiendo el modelo de regulación de la industria del alcohol y del tabaco, sería interesante que las empresas del juego destinen parte de sus beneficios a campañas para la prevención de la ludopatía.

 

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