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La Audiencia Provincial permite de nuevo la circulación al autobús de Hazte Oír

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El órgano judicial estima que no existe delito y acepta el recuro interpuesto por la organización ultracatólica después de que el vehículo fuera retirado de la circulación por orden judicial y ser retenido por la Policía Municipal de Madrid. 

La Audiencia interpreta que el rótulo del autobús: ‘Los niños tienen pene, las niñas tienen vulva. Que no te engañen’, era “dudosamente delictivo” a pesar de reconocer que el mensaje pudiese ser “desagrable o agresivo”. No consideran la expresión de «los niños tienen pene y las niñas vulva» como un «atentado a la juventud» y destacan que una asociación «legalmente constituida pueda dirigirse a los padres, en general, y a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos de acuerdo con sus propias convicciones».

En esta línea, los propios magistrados defienden que no se puede imponer una filosofía “que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”. A su juicio, los delitos de odio «son algo distinto a profesar y difundir una ideología, incluso por muy minoritaria que pudiera ser» y apelan a la Constitución que «no prohíbe las ideologías que se sitúan en los dos extremos del espectro político… por muy rechazables que puedan considerarse desde la perspectiva de los valores constitucionales y de los derechos fundamentales y libertades políticas».

Asimismo, los jueces ponen como ejemplo sobre libertad de expresión los casos como los titiriteros, el del concejal Guillermo Zapata y sus tuits o el de la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, y el asalto a la capilla de la Universidad Complutense de Madrid.

 

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