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La Comunidad aprueba el proyecto de ley para la Protección de Animales de Compañía

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El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno al proyecto de Ley de Protección de Animales de Compañía, que ahora se remitirá a la Asamblea de Madrid para su debate y aprobación. El nuevo texto introduce la prohibición del sacrificio de los animales de compañía y sólo permite la eutanasia por motivos humanitarios, de salud pública, de sanidad animal o de seguridad, nunca por la larga permanencia de animales en los centros de recogida. 

“El sacrificio 0” se convierte así en un imperativo legal, dando cumplimiento al compromiso electoral adquirido por la presidenta regional, Cristina Cifuentes, y también se da respuesta a la Iniciativa Legislativa Popular promovida por la organización protectora de animales El Refugio. Se trata de una política que ya se aplica en el Centro de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAMM) y que ahora se extiende por ley a todos los albergues municipales, centros de acogida y sociedades protectoras de la región.

 

La ley considera maltrato cualquier conducta, tanto por acción como por omisión, mediante la cual se someta un animal a un dolor, sufrimiento o estrés innecesarios y además se especifican y amplían los casos de maltrato. Así por ejemplo y como novedad, se introduce la prohibición mantener a animales en vehículos estacionados sin la ventilación y temperatura adecuada, la prohibición de dejarlos en maleteros o atados o encerrados por tiempo o en condiciones que puedan suponer sufrimiento o daño injustificado para el animal.

Las sanciones se endurecen
Para luchar contra éstas y otras prácticas, la norma prevé multas que oscilan entre los 300 euros para las infracciones leves y los 30.000 euros para las muy graves, además la sanción se podrá incrementar con la inhabilitación del infractor para la posesión de animales en un plazo de hasta 15 años.

Dichas sanciones se amplían también a los establecimientos de venta de mascotas que tras la aprobación de la ley no podrán exhibir animales en escaparates o zonas expuestas a la vía pública y su incumplimiento podrá suponer la clausura, cierre o suspensión de la actividad por un periodo de cinco a diez años.

Para la elaboración de la ley, la Comunidad de Madrid ha contado con las observaciones realizadas por los miembros del Consejo de Protección y Bienestar Animal, en el que están representados los ayuntamientos de la región a través de la Federación de Municipios de Madrid (FMM), el Colegio de Veterinarios, las asociaciones y protectoras de animales, el Seprona y las sociedades caninas. 

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