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La Fiscalía pide condenar a La Manada por violación a una joven «doblegada por el miedo»

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En la vista de casación celebrada en el Tribunal Supremo, el Ministerio Fiscal ha expresado su «más absoluta discrepancia» con el encaje jurídico que la Audiencia y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra al entender que los hechos son constitutivos de un delito continuado de violación porque «concurre la fuerza intimidatoria suficiente» y «no hubo consentimiento» de la víctima.

Así, la Fiscalía pide elevar la condena de 9 a 18 años de prisión para José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero por un delito de violación con el agravante de actuación conjunta, y a este último a dos años de cárcel por robo con intimidación y no por hurto, como figura en la sentencia recurrida. La fiscal Isabel Rodríguez ha protagonizado una intervención de marcado carácter técnico en la que ha optado por enumerar sentencias del Supremo que hablan de prevalimiento, que es la fórmula jurídica que figura en la sentencia, y otras de intimidación, que es lo que viene manifestando la Fiscalía desde hace tres años.

El prevalimiento, ha dicho, se da cuando la víctima no corre peligro y es consciente de esas relaciones y de «su posición de inferioridad real y palpable» respecto de otra que «deliberadamente aprovecha su situación de superioridad» porque «la víctima tiene coartada su capacidad de decidir» o su «consentimiento viciado». Los abusos de un profesor a sus alumnos, los abusos sobre el hijo de la pareja y el médico que hace lo mismo con el enfermo son casos en los que la Fiscalía detecta que se da prevalimiento.

Pero la fiscal ha dicho que «no constan en los hechos probados que la víctima accediera o consintiera a mantener esas relaciones o que los agresores solicitaran mantenerla», quienes «con su sola presencia costriñieron la voluntad de la víctima que no pudo ofrecer resistencia alguna». Insiste la Fiscalía en que «puede bastar con una situación ambiental para que la víctima valore como inútil una oposición por su parte» porque los hechos se dieron en un «espacio físico opresivo y aislado» por cinco personas.

Oponerse, ha continuado, «únicamente podría conllevar males mayores» porque «era una joven de 18 años recién cumplidos frente a cinco varones adultos de complexión fuerte». La fiscal se ha preguntado «si es exigible algo más para doblegar a la víctima», a quien «no se puede exigir actitudes heroicas».

 

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