Los locales y establecimientos de ocio regulados en la Ley de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madridestablece un duro marco sancionador para los incumplimientos en materia de seguridad. La norma contempla el posible decomiso de los ingresos de la actividad en la que se ha producido una infracción muy grave, de manera que «no se pueda producir un enriquecimiento ilegítimo e injusto como consecuencia de la promoción de un evento en que se han incumplido las normas de seguridad».
Además, las multas pueden llegar a los 600.000 incluso, a los 900.000 euros si afecta a menores. En concreto, las infracciones muy graves se doblan pasando a contemplar una multa de entre 60.001 euros a 600.000 euros y las graves pasan a tener una sanción de entre 4.501 y 60.000 euros.