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Alrededor de 80.000 autónomos de Madrid ya pueden solicitar la ayuda para sufragar las cuotas de marzo y abril

Madrid cuotas autónomos
Pixabay

La Comunidad de Madrid ha abierto el plazo a los autónomos de la región para solicitar la ayuda con la que sufragar las cuotas de la Seguridad Social de marzo y abril

Los autónomos de la Comunidad de Madrid afectados por la crisis del coronavirus podrán solicitar desde este viernes la ayuda para sufragar las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a los meses de marzo y abril. Así se desprende del acuerdo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). De esta manera, se calcula que alrededor de 80.000 autónomos de la región se beneficiarán de esta medida.

Se pone así en marcha esta iniciativa del Ejecutivo regional incluida en el primer paquete de medidas urgentes; aprobadas en el Consejo de Gobierno del pasado 3 de abril. La medida supone una inyección directa de liquidez que los autónomos podrán utilizar para cubrir los gastos más urgentes para mantener su actividad. De esta ayuda, que tendrá un importe de 534,5 euros, se podrán beneficiar los autónomos con o sin empleados a su cargo.

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Así, se incluye a los autónomos industriales, socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles. Todos éstos deberán estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) o en una mutua de previsión social y que desarrollen su actividad en la región.

Al corriente con la Seguridad Social

Los requisitos para acceder a este abono son estar al corriente de pago de las obligaciones tanto tributarias como con la Seguridad Social; así como presentar una declaración responsable que acredite un descenso de facturación de al menos el 30% y comprometa el mantenimiento de alta en el RETA durante los tres meses siguientes a su abono. No podrán acceder a esta ayuda los perceptores de las ayudas por pérdida del 75% de actividad o cese de negocio que ha establecido en Gobierno central; los que hayan recibido una ayuda o bonificación de cuota por parte de una mutua; aquellos autónomos de la región que estén acogidos a la Tarifa Plana o que hayan solicitado las ayudas prevista en el Plan Impulsa.

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