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Madrid limita las entradas y salidas de la región desde este viernes hasta el 14 de diciembre

Madrid limita las entradas y salidas de la región desde este viernes hasta el 14 de diciembre

La Comunidad de Madrid limita las entradas y salidas de la región desde la medianoche de este viernes hasta las 00:00 horas del lunes 14 de diciembre.

Esto, con motivo de las festividades del Día de la Constitución y de la Inmaculada Concepción, que se celebran los días 7 y 8 de diciembre.

A pesar de que el decreto de estado de alarma establece un periodo mínimo de aplicación de la medida de siete días, esta vez el Gobierno regional decretó el cierre por 10 días.

Cabe recordar que durante los puentes de noviembre se aplicaron restricciones «por días», del 30 de octubre al 3 de noviembre y del 6 de noviembre al 10 de noviembre.

Evitar la excesiva movilidad

Esta nueva medida se adopta con el fin de contener los contagios que podrían incrementarse, con motivo de la excesiva movilidad que podría producirse durante un puente prenavideño.

Normalmente, la movilidad llega a triplicarse con respecto a otros días festivos y puentes, según se ha indicado por parte de los responsables de la Consejería de Sanidad.

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Dicho dato para justificar la duración de la medida ha sido presentado por la Comunidad como un último esfuerzo, de cara a llegar en las mejores condiciones posibles a la Navidad.

Tradicionalmente, Madrid recibe una gran cantidad de visitantes de otras partes de España en el puente de diciembre .

En la actualidad, la tasa de incidencia acumulada a 14 días de la Comunidad de Madrid se sitúa en los 221 casos por 100.000 habitantes.

Esto supone un descenso en el número de casos del 77% respecto al pico máximo de la segunda ola, que fue la semana del 14 al 20 de septiembre, y la evolución es favorable.

Desplazamientos «adecuadamente justificados»

En concreto, del 4 al 14 de diciembre la entrada y salida de la región se restringe a aquellos desplazamientos «adecuadamente justificados».

Esto quiere decir: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; o cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

También entran la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; y el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

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Asimismo, la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

El desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes también está justificado.

De igual manera, las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; y las renovaciones de permisos y documentación oficial.

También quedan exentos otros trámites administrativos inaplazables, y la realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Finalmente, se autorizan por «causa de fuerza mayor o situación de necesidad», o «cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».

Penúltima restricción de entrada y salida en 2020

Esta restricción de entrada y salida será la penúltima del año para Madrid, pues del 23 de diciembre al 6 de enero se aplicará la acordada sobre las medidas para Navidad.

Las referidas medidas, tomadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), no aplicarán para «desplazamientos justificados».

Entre ellos, destaca la opción de «acudir a los lugares de residencia habitual de familiares o allegados».

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Respecto a esta última consideración, la Comunidad de Madrid dijo no sentirse «vinculada» al acuerdo porque «no se ha adoptado por consenso».

No obstante, el consejero de Sanidad del Gobierno regional, Enrique Ruiz Escudero, aclaró que lo acatarán, pese a cuestionar la «aplicación real» de la medida.

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