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Zonas básicas de salud de Andrés Mellado en Chamberí y Sanchinarro en Hortaleza tendrán restricciones desde el lunes

Zonas básicas de salud de Andrés Mellado en Chamberí y Sanchinarro en Hortaleza tendrán restricciones desde el lunes

La Comunidad establecerá restricciones en cinco zonas básicas de salud en Madrid, Móstoles y Getafe, y prorrogará las de La Moraleja.

En concreto, las nuevas zonas básicas de salud que superan el umbral de los 400 casos por 100.000 habitantes a 14 días son Andrés Mellado, en Chamberí; y Sanchinarro, en Hortaleza.

Fuera del municipio de Madrid, las nuevas zonas que tendrán restricciones son Felipe II y Alcalde Bartolomé González, en Móstoles; y la de Getafe Norte, en Getafe.

Según ha precisado la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, en estas zonas se aplicarán restricciones a la movilidad, entre otras medidas, durante 14 días.

Es decir, a partir de las 00:00 horas del 21 de diciembre y hasta las 00:00 horas del 4 de enero, excepto los días festivos, cuyas restricciones serán las de toda la Comunidad.

La Elipa, sin restricciones

De las dos zonas básicas de salud con restricciones a día de hoy, La Elipa, en Ciudad Lineal, ha registrado una disminución del número de casos que permite levantar las medidas.

Mientras tanto, en La Moraleja (Alcobendas) el descenso no ha alcanzado el nivel esperado, por lo que las restricciones se prorrogarán siete días más.

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Así las cosas, estarán restringidos en esa zona desde las 00:00 horas del 21 de diciembre, hasta las 00:00 horas del 28 de diciembre, exceptuando los días festivos.

Limitaciones

En las zonas básicas de salud con restricciones se establece la limitación de entrada y salida de esas áreas, salvo en situaciones concretas.

Estas situaciones son: motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regreso a la zona residencial, asistencia a personas mayores, menores o dependientes.

También incluyen el acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas, acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Los ciudadanos pueden desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros del área afectada, para lo que continúan los dispositivos de colaboración con las autoridades del Estado.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en lugares cerrados.

Aforos y horarios

Los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región, al 50%, y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso público.

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No obstante, estas medidas se acompañan de un refuerzo de la prestación asistencial y de la vigilancia epidemiológica en estos núcleos de población.

De esta manera se intensifica la detección activa de casos y contactos estrechos, mediante un incremento en la realización de pruebas diagnósticas.

También se potencia la colaboración con los municipios para el desarrollo de acciones conjuntas de información y mediación con la población vulnerable.

Asimismo, se procede a la notificación y control del cumplimiento de aislamientos y cuarentenas, con el apoyo de la policía local u otros cuerpos y fuerzas de seguridad.

Medidas generales

En toda la Comunidad de Madrid se estableció, además, la limitación de movimiento entre las 00:00 horas y las 06:00 horas, salvo por causa justificada.

De igual manera, se acordó el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria.

Por su parte, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00.

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La excepción a esta última medida es para las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles.

Sin embargo, los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio, podrán cerrar a las 00:00 horas.

Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%.

Además, está suspendido el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales.

En las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center) es de 40%; y en las terrazas al aire libre, establecimientos comerciales y centros de formación no reglada, al 75%.

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