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Condenada a 11 años una mujer que mató a su novio en una discusión en Madrid

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En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la Sección 29 de la Audiencia condena a Clara Patricia C.P. como autora de un delito de homicidio con el agravante de parentesco y le impone una indemnización para el hijo en común, de tres años, y los padres de la víctima de 230.000 euros. Ahora bien, la resolución no es firme y está recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que resolverá en las próximas semanas.

La sentencia considera probado que sobre las 23:00 horas del 7 septiembre de 2017 se desencadenó una discusión entre la condenada -que tenía «algo limitadas sus facultades» tras una ingesta previa de bebidas alcohólicas- y la víctima en la habitación que compartían, en la que ella le clavó un cuchillo «con la intención de matarle».

Inmediatamente, la víctima salió del cuarto para pedir ayuda a su compañera de piso a la que dijo: «Necesito su ayuda, Carmen (así se hacía llamar ella) me ha apuñalado». Pero en ese momento la condenada, de 38 años y nacionalidad colombiana, volvió a clavarle el cuchillo en el brazo. Acto seguido, la agresora, que se encontraba en situación irregular en España, abandonó la casa con el arma blanca en la mano, «lo que denota una ausencia de sentimiento de arrepentimiento o preocupación por la vida de su pareja».

El hombre fue trasladado al Hospital Ramón y Cajal, donde ingresó a las 00:48 horas del 8 de septiembre y murió a las 23:15 horas de ese día como consecuencia de las heridas causadas en la agresión, a pesar de la intervención del equipo médico. La mujer fue detenida ese mismo día en un supermercado al que acudió «en pijama, presentando un evidente estado de embriaguez».

En el juicio, la condenada aseguró que no recordaba bien los hechos pero contó con detalle una violentísima paliza que le dio su pareja antes de los hechos, con golpes en la cabeza y el cuerpo. No obstante, la sentencia considera que «no resulta verosímil que tal paliza no produjera ruido alguno, que la acusada no gritara y que los médicos que la examinaron detectaran lesión alguna».

En esta causa fue clave el testimonio de la mujer que compartía piso con la pareja, que describió al hombre como «educado, que no bebía y que no molestaba» y que «trataba por todos los medios de no ser echado de la casa y de evitar que la actitud que adoptaba Clara Patricia cuando bebía molestara a sus caseros y los vecinos que se habían quejado numerosas veces de la acusada». De hecho, la sentencia señala que «era frecuente que cuando Clara Patricia había bebido se comportara con extrema violencia verbal contra su pareja», como apuntó previamente la único testigo presencial de los hechos.

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