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Ahora Madrid rechaza la paralización de obras que solicitaba Delegación de Gobierno

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El Ayuntamiento de Madrid ha remitido esta semana a la Delegación de Gobierno un escrito en el que rechaza la paralización de actuaciones de mejora de instalaciones e infraestructuras aprobadas en el Pleno. Responde así un requerimiento de anulación al considerar que no se ajusta a Derecho.

El pasado mes de junio el Pleno municipal, máximo órgano de decisión del Ayuntamiento, dio luz verde a suplementos de crédito y créditos extraordinarios por valor de 230 millones de euros. Otros 72 millones fueron aprobados en el Pleno de julio. Las cantidades proceden del superávit acumulado por el Ayuntamiento en 2016 y han sido destinadas a financiar actuaciones presupuestarias en todos los distritos de la ciudad.

 

577 actuaciones en distritos

La instalación de desfibriladores en los mercados de Madrid, la compra de autobuses, la operación asfalto, la replantación y cuidado del arbolado, las obras de restauración de las Murallas de Madrid o el templo de Debod, las mejoras en 93 colegios públicos, el acondicionamiento de instalaciones deportivas, centros culturales y de mayores o cementerios figuran entre las 577 intervenciones con cargo a esos acuerdos plenarios.

El 43% de las actuaciones están tramitadas ya y algunas incluso se han finalizado por lo que sería legalmente inviable proceder a su paralización.

Tras las decisiones del Pleno, la Delegación de Gobierno envió dos requerimientos al consistorio reclamando que se paralizaran esos acuerdos. Se remitían a la inmovilización presupuestaria de 238 millones de euros reclamada por el Ministerio de Hacienda al Ayuntamiento por incumplimiento de la regla de gasto.

 

Marco legal para la financiación de actuaciones

Esta semana el delegado de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, en nombre del Ayuntamiento de Madrid, ha enviado una carta de respuesta al primer requerimiento de la Delegación de Gobierno.

Aclara que los acuerdos de no disponibilidad relativos al incumplimiento de la regla de gasto ya fueron adoptados  y siguen vigentes en su totalidad. Los créditos adicionales adoptados en los Plenos de junio y julio tienen una fuente de financiación diferente, por lo que la argumentación de Delegación de Gobierno no se ajusta a Derecho. 

El escrito rechaza el requerimiento al no haberse «tenido en consideración la normativa financiera y presupuestaria que ampara las modificaciones presupuestarias aprobadas». Existe una «habilitación legal expresa para poder incorporar el superávit presupuestario del ejercicio anterior», subraya la carta explicativa.

Se explica que la aprobación de suplementos de crédito con cargo al superávit del año anterior y el destino de los mismos está regulada por la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (disposición adicional sexta) y por Ley de Haciendas Locales (disposición adicional decimosexta). Los Presupuestos Generales del Estado aprobados el pasado 29 de junio dan cobertura legal a las modificaciones de crédito aprobadas en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid. 

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