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Ana García D’Atri: “La actividad del voluntariado no podrá nunca sustituir al trabajo retribuido”

El grupo municipal socialista defiende la creación y el mantenimiento del empleo en las bibliotecas públicas especialmente en un momento tan delicado como la actual recesión. Ante la iniciativa  del delegado de las Artes, Fernando Villalonga, de abrir la red de bibliotecas a “voluntarios cualificados para cubrir las vacantes pendientes”, la portavoz de las Artes, Ana García D’Atri, contesta contundente que la ley es clara cuando dice “la actividad del voluntariado no podrá nunca sustituir al trabajo retribuido”.

El municipio de Madrid va a asumir las bibliotecas regionales como competencia propia, según se ha decidido en la comisión de duplicidades y, por tanto, “es urgente asegurar los puestos de trabajo y cubrir con profesionales remunerados las vacantes”. “El trazado de nuestro sistema público concibe el voluntariado como una ayuda complementaria, nunca una sustitución del trabajador a sueldo”, asegura D’Atri.

Hasta 2012 el Ayuntamiento tenía 29 bibliotecas municipales, con distritos sin este servicio. Cuando se asuman las regionales Madrid tendrá 46 bibliotecas en sus 21 distritos, que atenderán una media de 70.000 vecinos. Hay distritos como Villaverde que solo tiene una para 150.000 habitantes y hay bibliotecas en obras, pendientes de ser abiertas en este mismo año, con la necesidad de personal cualificado para su puesta en funcionamiento.

Por su parte, el concejal socialista portavoz en el área de Familia y Servicios Sociales, Pedro Zerolo, va a exigir hoy a la concejala del área, Dolores Navarro, que “defienda al voluntariado de estas declaraciones”. El edil del PSOE recalca que “cuando hablamos de Voluntariado no podemos nunca hablar de trabajo remunerado sino de cooperación y colaboración. La participación del voluntariado debe ser altruista, desinteresada y libre. Los voluntarios complementan, no sustituyen.”

Según el artículo 3 de la Ley de Voluntariado “se entiende por voluntariado el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, que no se realicen en virtud de una relación laboral. Que tengan carácter altruista y solidario, sea libre, sin contraprestación económica y a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o proyectos concretos, quedando excluidas las actuaciones voluntarias aisladas. Por otro lado se explicita que la actividad de voluntariado nunca puede ser remunerada”. La Ley exige, además, que el voluntariado cuente con una formación específica, estar asistido por personal cualificado y reembolsar los gastos que les ocasione su tarea.

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