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El Ayuntamiento no crea ningún nuevo tributo de bomberos

Hasta este año el Ayuntamiento de Madrid tenía establecida una contribución especial para el servicio de bomberos, que a partir del próximo año se ha convertido en tasa, sin alteración alguna de su cuantía. De ahí que, ante las informaciones aparecidas hoy en el diario Expansión asegurando que se iba a crear un nuevo impuesto sobre el servicio de extinción de incendios, el Ayuntamiento de Madrid  niega rotundamente la información y asegura que, en ningún caso, se trata de una nueva figura impositiva, sino tan sólo de un cambio en la naturaleza jurídica de lo que hasta ahora ha sido una contribución especial.

La  Tasa de Servicios de Emergencias no representa alteración alguna en las cuantías a satisfacer por las entidades aseguradoras: antes pagaban por la Contribución Especial por la instalación, ampliación o mejora del servicio de extinción de incendios el 5% del importe de las primas recaudadas en el ramo de incendios y a partir del 2012 van a satisfacer también el 5 % de las primas pero ahora como Tasa por el mantenimiento de los servicios de emergencia que  presta el Cuerpo de Bomberos.  De hecho el establecimiento de la tasa se ha negociado con las entidades aseguradoras y éstas han dado su conformidad.

Es necesario recordar que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales permite establecer tasas por el mantenimiento de los servicios de prevención y extinción de ruinas, construcciones y derribos, salvamentos y, en general de protección de personas y bienes. Y contrariamente a lo vertido en este artículo, las tasas se pueden exigir por el mera disponibilidad del servicio, tal y como señala la doctrina reiterada del Tribunal Supremo (por ejemplo, Sentencia de 7 de marzo de 2003) y corroborada por los distintos Tribunales Superiores de Justicia (por ejemplo, por el de Madrid en su sentencia de 9 de febrero de 2010).
 
Aseguradoras
Otro de los errores del artículo de Expansión es afirmar que "las aseguradoras deberán aportar hasta 90 millones de euros". El coste del servicio previsto para 2012 es de 85 millones de euros, lo cual no significa nunca que esa sea la cantidad que habrán de satisfacer las aseguradoras que será, como se ha reiterado,  del 5 % de las primas. El origen del error puede estar en que, tal y como establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el importe de las tasas no puede exceder del coste real o previsible del servicio, que en el estudio económico preceptivo para el establecimiento de la misma se fija en 85 millones de euros. Sin embargo, la recaudación por la tasa supondrá un importe equivalente al de la contribución especial (29 millones de euros), el 34% del coste total del servicio.
Sorprende, por otra parte, las presuntas manifestaciones de Alberto Reventós, socio de Cuatrecasas, de que el importe de la tasa se incluya en el recibo del IBI. No debe olvidarse, en primer lugar, que se trata de tributos diferentes, lógicamente con hechos imponibles distintos y, en segundo lugar, que la propia estructura de la nueva tasa lo impediría, ya que los sujetos pasivos sustitutos son las entidades aseguradoras.

 

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