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Contra la contaminación acústica

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Debido al abundante tráfico en Madrid, las administraciones han decidido reforzar los trabajos a través de la nueva Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica  y Térmica, a la que la Junta de Gobierno. Todavía tiene que aprobarse definitivamente, y esto se hará en el próximo Plenio municipal.  

Esta normativa, que sustituye a la vigente desde 2004, es el resultado de la adaptación a la legislación estatal en esta materia y con ella el Ayuntamiento se dota de un nuevo instrumento para garantizar que se respeten derechos fundamentales de los ciudadanos. El ruido, en determinadas situaciones y cuando sobrepasa los límites establecidos, es un elemento que distorsiona la convivencia, advierten los responsables municipales. De ahí, que el principio general de la nueva Ordenanza es que las conductas, actividades, edificaciones e instalaciones no vulneren los principios de convivencia ciudadana. Las principales novedades son las siguientes:

Por el botellón
 La Ordenanza sanciona con multas de entre 300 y 600 euros a quienes causen molestias vecinales por ruido mientras consumen bebidas en los espacios públicos, es decir, tanto en la vía pública como en espacios verdes, e incluso en espacios exteriores de titularidad privada y uso público. Este hecho será sancionable cuando se produzca en  entre las 23.00 y la 07.00 horas. Y, además, se establece un nuevo marco de las relaciones de convivencia vecinal, de manera que se sancionarán aquellos comportamientos que causen molestias por ruido a los vecinos. Regula cuestiones tan diversas como las alarmas, el uso de megafonía en las calles, obras, carga y descarga de mercancías, recogidas de contenedores de residuos o fiestas particulares.

Zonas de protección especial
 Especial protección para los entornos donde se ubican residencias de mayores o centros sanitarios: se prohíbe expresamente la instalación a una distancia inferior a 100 metros de estos equipamientos de todas las actividades recreativas y espectáculos públicos en los que exista música, e igualmente el desarrollo de eventos en la vía pública a una distancia inferior a 100 metros de los centros socio-sanitarios, como son centros de mayores, residencias, centros sanitarios y en centros docentes si el acto se desarrolla en horario escolar. Además,  la Ordenanza contempla la declaración de Zonas de protección acústica especial y Zonas Acústicamente Saturadas por Ocio e incluye un catálogo de medidas concretas a aplicar como: limitaciones a la implantación de nuevos establecimientos de ocio nocturno, horario de cierre anticipado, o mayor insonorización de locales,  entre otras.

 

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