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2000 policías municipales en contra de la modificación de la Ley Antibotellón en Madrid

CSIT Unión Profesional denuncia que la modificación parcial de la Ley 5/2002 de 27 de junio, sobre Drogodependencia y otros Trastornos Adictivos, porque “pone en peligro la propia salud y seguridad del colectivo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid”, según el sindicato.

La gestión de la notificación en el acto de la multa al infractor, “lejos de optimizar el trámite de iniciación del procedimiento sancionador, supondrá una mayor carga burocrática”, apuntan desde CSIT. Esta modificación atribuye a la autoridad municipal la plena competencia para tanto instrucción como resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones de consumo de alcohol en la vía pública.

Los agentes deberán determinar únicamente mediante el olfato e impresiones personales, el tipo de bebida consumida, “poniendo en riesgo su propia salud y seguridad, puesto que no se les ofrecen los medios pertinentes”, denuncia el sindicato. Antes de esta modificación, como medida preventiva, debían enviar directamente a los laboratorios los líquidos incautados, para su posterior análisis, tal y como se continúa haciendo con los estupefacientes.

CSIT pide a la Administración “que realice una revisión de esta modificación de Ley, puesto que consideramos que las valoraciones que las autoridades municipales puedan emitir son totalmente subjetivas y no ayudarían a esclarecer el motivo de la sanción”.

Los agentes se niegan

2.000 policías han presentado, de manera individual, “informes de protesta” ante la introducción de estas especificaciones, negándose a efectuar denuncias de una forma que consideran “ilegal”. Además, existen otros cambios en algunos de los preceptos de la normativa que afectan directamente a la actividad policial, en lo que respecta a las denuncias por “botellón”.

Se han enviado a las distintas Unidades de Policía de Madrid notas internas en las que se emplaza a los agentes a denunciar los hechos de una forma concreta, sin usar interpretaciones o valoraciones personales y subjetivas, con la intención de que todo el peso de la posible denuncia recaiga sobre ellos.

Novedades de la modificación de la Ley

Algunas de las novedades que se establecen son: la eliminación de la posibilidad de indultar la sanción económica por asistencias a un curso formativo. Elevación de la cuantía de la multa por infracción de consumo de alcohol en la vía pública. Para los mayores de 18 años el importe de la factura asciende a 600 €, 1.100€ en caso de que el demandado haya reincidido en el período de seis meses. En el caso de los menores de edad, la multa será de 500€, el doble si el infractor es reincidente. Estas cantidades superan con creces las estipuladas por consumo de drogas en la vía pública (300€) o por conducción de un vehículo en estado de embriaguez. (500€),situación en la que se elevaría el riesgo que se puede causar a terceros y cuya prueba se realiza con un etilómetro homologado.

Las denuncias por beber en la vía pública constarán en un Acta específica notificada de denuncia, en lugar de en el Boletín de denuncia. Deberán comunicar la ubicación exacta de la infracción (número y tipo de vía, etc.) y de forma claramente legible. Las Actas de denuncia serán remitidas por las Unidades directamente al Departamento de Gestión Administrativa. También se crea un procedimiento sancionador abreviado, aplicable a estas infracciones.

Desde CSIT concluyen que “las modificaciones realizadas no van a evitar los trastornos, daños o molestias del conocido “botellón”, mucho menos, cuando se está poniendo en riesgo la integridad física de los trabajadores".

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