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Récord de expedientes resueltos por el Tribunal Económico Municipal

Las 40.719 reclamaciones económico-administrativas resueltas en 2012 por el TEAMM representan un máximo histórico en su capacidad de resolución (405,04%), favorecida además por la similitud de las reclamaciones, masivamente interpuestas contra las liquidaciones de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos durante los dos ejercicios anteriores. Tras este coyuntural episodio, en 2012 ha vuelto a niveles que pueden considerarse normales, con una media de 10.000/12.000 reclamaciones anuales. El ejercicio anterior quedaron pendientes de resolución definitiva  11.763 expedientes.

Por su contenido, las resoluciones de las reclamaciones económico-administrativas pueden desagregarse de la siguiente forma: fueron parcial o totalmente estimadas un 2,42%; desestimadas, el 23,39%, y declaradas inadmisibles y/o archivadas un 74,19%. Esta elevada cota de inadmisión guarda relación con la extemporaneidad de buena parte de las reclamaciones interpuestas contra las liquidaciones de la tasa antes mencionada.

Baja conflictividad jurisdiccional

La conflictividad jurisdiccional que suscita el TEAMM es realmente baja, siendo muy pocos los recursos contencioso-administrativos que se interponen contra sus resoluciones, un 0,87% a finales de 2012. Solo el 19,99 % de las resoluciones del TEAMM recurridas en vía contencioso-administrativa son íntegramente anuladas, lo que significa que aproximadamente 8 de cada 10 resoluciones del TEAMM superan total o parcialmente el control judicial.

A lo largo del pasado año se incorporaron también a la Carpeta del Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid los expedientes de reclamación económico-administrativa (pudiéndose consultar por Internet su estado de tramitación); se prestó asistencia a 9.179 personas y se redujo el tiempo medio de resolución de los expedientes, aunque todavía es relativamente importante el número de expedientes que no se resuelven en el plazo legalmente establecido. Esta demora guarda relación con la congestión originada por la impugnación masiva de las liquidaciones de la tasa antes mencionada y es casi el único motivo de las quejas recibidas desde la Oficina del Defensor del Contribuyente o desde el Defensor del Pueblo. En todo caso el número de quejas descendió un 26,7% en 2012.

Otras actividades, sugerencias, observaciones

La Memoria incluye también otras actividades llevadas a cabo por el TEAMM, como el VII Encuentro Nacional de Órganos Tributarios Locales, que tuvo lugar el 16 de noviembre de 2012 y en el que participaron un centenar de especialistas de la vía económico-administrativa local.

Como en años anteriores, el TEAMM incorpora en su Memoria observaciones y sugerencias que, en esta ocasión se refieren a  la necesidad de evitar y corregir actuaciones administrativas que puedan generar indefensión; apela a la actuación con toda la diligencia legal y jurisprudencialmente exigible en la práctica de las notificaciones presenciales, constituyendo la notificación edictal un cauce excepcional, y  la conveniencia de promover una reforma legal que elimine las discrepancias normativas sobre la determinación del día inicial del cómputo del plazo de interposición del recurso de reposición y de la reclamación económico-administrativa para la impugnación de deudas de notificación colectiva y cobro periódico.

También subraya la conveniencia de diferenciar formalmente las actuaciones de gestión viaria de las de gestión recaudatoria que se llevan a cabo con ocasión de la retirada y depósito de vehículos de la vía pública; y la conveniencia de continuar las gestiones ante la mercantil Correos, S.A., al efecto de que mejore la calidad de las actuaciones de notificación y de registro de correo administrativo que se le encomiendan./ 

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