Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Simplificación administrativa en la inscripción de contratos

Botella-VillalongaRuedadePrensa002.jpg

La Junta de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto inicial del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid. Este nuevo Reglamento se crea por la necesidad de adecuar su ámbito de actuación al de Registros de Contratos del Sector Público, previsto en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Este proyecto conlleva una tarea de simplificación administrativa, al reducir el número de documentos que se deben remitir al Registro. Además, contribuirá a reforzar el principio de transparencia que debe presidir en la contratación pública.

El nuevo texto amplía el ámbito de aplicación del Reglamento al incorporar al Registro de Contratos municipal los contratos que el Ayuntamiento realiza con empresas privadas, así como los que lleva a cabo con el resto de entes del sector público, empresas y fundaciones.

Esta modificación conllevará la posterior ampliación del ámbito de actuación de la Comisión Permanente Especial de Vigilancia de la Contratación, órgano de control y vigilancia de la actividad contractual, al que le corresponde la aplicación efectiva de los principios de publicidad y transparencia en la contratación pública.

Aunque en la aplicación del Reglamento se mantiene la exclusión de los contratos menores, se garantiza plenamente el cumplimiento de los principios de transparencia, mediante el acceso a los datos relativos a dichos contratos a través de los diferentes sistemas informáticos, como el sistema integrado de gestión económico-financiera (SAP).

Los datos se enviarán a la Comisión Especial de Vigilancia de la Contratación con una periodicidad mensual y no trimestral como se venía haciendo hasta ahora. De esta forma, el plazo pasa de 90 días naturales a 30 días. Además, se reduce a dos meses el tiempo que tendrán los centros gestores para enviar la documentación al Registro de Contratos, garantizando así una mayor agilidad administrativa.

Por otra parte, se ha incorporado al texto del Reglamento la transmisión electrónica de los datos del contrato a través de la aplicación informática del Registro de Contratos (RECO), y del sistema de tramitación electrónica de expedientes de contratación (PLYCA)

Loading

Loading

Etiquetas:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

el distrito tv

lo más leído

Lo más visto

Scroll al inicio