La juez encargada de la investigación del 8-M, Carmen Rodríguez-Medel, archiva la causa por prevaricación contra el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco.
Carmen Rodríguez-Medel ha archivado la causa de no haber prohibido la celebración de manifestaciones masivas como la del Día de la Mujer pese al avance del coronavirus. Entiende que no ha quedado acreditado que tuviese un conocimiento «cierto, objetivo y técnico» del riesgo que entrañaban las protestas.
En un auto dictado este viernes y que se produce tras escuchar al investigado y a 17 testigos, la instructora concluye que de los indicios existentes en la causa no se puede desprender que Franco prevaricase por acción u omisión al no impedir las protestas.
En un extenso auto de 51 páginas, la instructora rechaza no obstante acordar el sobreseimiento libre como instaba la defensa de Franco. Una defensa que ha sido ejercida por la Abogacía del Estado y opta por esta situación de cierre provisional que permite retomar las actuaciones en caso de que surjan indicios o pruebas más adelante. Contra la resolución, además, cabe recurso.
«No hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos a don José Manuel Franco Pardo«, explica la juez. Sin embargo, la celebración de las concentraciones y manifestaciones masivas indiciariamente aumentaron el riesgo de contagio del Covid-19. Es decir, supusieron indiciariamente un riesgo para la salud pública. De lo actuado se desprende que «entre el 5 y el 14 de marzo no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba» la celebración de esos eventos.
Explica que para la concurrencia de un delito de prevaricación se debe producir una acción u omisión «a sabiendas de su injusticia». En este caso, Franco debía ponderar entre el derecho de reunión y la protección de la salud pública. Para hacerlo, necesariamente tenía que ser «conocedor del riesgo».