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Madrid inspecciona el etiquetado de los productos textiles

El Área de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, a través de su Instituto Municipal de Consumo, va a poner en marcha la campaña de inspección y control del etiquetado de productos textiles 2014 con el objetivo de comprobar y promover el adecuado cumplimiento de la normativa de consumo en este aspecto.

Desde el 1 de septiembre hasta el 15 de octubre, nueve inspectores de Consumo visitarán cien establecimientos de la ciudad donde se venden productos textiles para verificar su etiquetado, incidiendo especialmente en el control de los artículos que tengan antecedentes en redes de alerta, como ropa infantil y de hogar. Esta campaña se realiza dentro del marco de colaboración entre el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid.
 
En concreto, se comprobará el cumplimiento de los siguientes aspectos, que obligatoriamente deben reflejarse en el etiquetado de los textiles:
 
• Información clara sobre la naturaleza y composición de los productos, mediante el uso de las denominaciones definidas para las distintas fibras textiles y la indicación de la composición, con designación del nombre y porcentaje en peso de las fibras conforme a lo especificado en la normativa vigente.
 
• Identificación completa del responsable de cada prenda: nombre, razón social o denominación del fabricante, comerciante o importador y, en todo caso, su domicilio y su NIF.
 
• Presentación adecuada de las indicaciones obligatorias del etiquetado, de forma clara, visible y legible para el consumidor, con arreglo a las especificaciones establecidas para cada tipo de producto textil y con la información sobre la composición en etiqueta cosida a la prenda.
 
• Información obligatoria expresada, al menos, en castellano.
 
• Que el etiquetado facultativo o voluntario, tal como el que informa sobre la conservación de los productos textiles (lavado, planchado, secado…), aparece netamente diferenciado del obligatorio, así como que no incluye cualquier forma de publicidad o promoción que pueda causar confusión sobre la naturaleza, origen o composición del producto.
 
Además, en los comercios inspeccionados se comprobará:
 
• Si disponen de documento acreditativo que faculte para el ejercicio de su actividad.
 
• La adecuada exhibición de los precios de los productos puestos a la venta en el interior del establecimiento y, en su caso, en el escaparate.
 
• Que la publicidad y las cláusulas expuestas al público respetan los derechos de los consumidores y no dan lugar a error.
 
• La entrega de documento justificativo de la compra, en el que conste, como mínimo, la identidad del proveedor, la cantidad abonada, el concepto y la fecha.
 
• Que el comerciante tiene a disposición del público las hojas de reclamaciones y anuncia su existencia, mediante cartel ajustado al modelo oficial, de modo permanente y visible al público.
 
Campaña 2010
 
La campaña anterior, realizada en 2010, reflejó en general un grado de cumplimiento elevado: Se detectó la ausencia de etiquetado en el 0,5% de los productos inspeccionados. Además, en el 1,8% no figuraba en el etiquetado el domicilio del fabricante, comerciante, ni el nombre o razón social o la denominación del fabricante, comerciante o importador en un 1,3%. El etiquetado no estaba correctamente expuesto en el 1,1% de los casos, no se expresaba en castellano en un 0,8% y no se indicaba la composición del artículo en un 0,1%.
 
Estas infracciones dieron lugar a las correspondientes actuaciones sancionadoras impuestas por el Instituto Municipal de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.

 

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